La igualdad le llega en Colombia a los apellidos de los niños, luego de conocida la ley 2942 sancionada por el presidente Iván Duque, la cual determina que en el registro civil de nacimiento los padres del menor podrán ponerse de acuerdo para escoger cuál de los apellidos vaya de primero, el del padre o el de su progenitora.
Imagen superior de registro de niño indígena.Foto tomada de Facebook de Registraduría Nacional del Estrado Civil de Colombia.Por razón de estar en la fotografía la imagen de un niño,por motivos legales se oculta su rostro.
Hasta el momento han sido registrados 12 niños a quienes se les asignó como primer apellido el de su madre; un hecho que en Colombia marca un hito, en cuanto en este país siempre ha prevalecido el apellido del padre, quien es el que se conserva en la línea hereditaria.
En este sentido en el pasado en Colombia era visto con un cierto complejo el que hubiera niños registrados solamente con el apellido de su madre, al habérsele sido negado su reconocimiento por parte de su padre, a tal punto que los llamados entonces, “hijos naturales”, por llevar solo el apellido de sus madres, tenían de entrada una especie de estigma social.
De esta forma esta nueva ley en cierta manera equipara las cargas, dándole con sus apellidos igual importancia, tanto al hombre como a la mujer.
La Ley 2129 (conocida como Ley Aluna), rige para los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.
Dado el caso que ninguno de los progenitores se pongan de acuerdo en el orden de los apellidos que va a tener su hijo o hija, el funcionario encargado de adelantar el procedimiento, resolverá el desacuerdo utilizando el mecanismo de sorteo. En este orden de ideas, La Registraduría Nacional del Estado Civil tiene un plazo de seis meses, contados a partir del 4 de agosto del 2021, para reglamentar el procedimiento de dicho sorteo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2129 del 2021.
A su vez la Registradora del Estado Civil ha habilitado unos canales de información en internet a través de su sitio web para que las personas pueden consultar el procedimiento y los requisitos para llevar a cabo el registro de los nombres de ls menores. www.registraduria.gov.co.
Otros países en donde rige la igualdad en los apellidos
Hay otros países, especialmente en Europa, en donde rige la igualdad en el momento de escoger el orden de los apellidos, o la preeminencia del uno sobre el otro, como es el caso de Francia
en donde desde el año 2005 los progenitores pueden elegir que apellido quieren que tenga su hijo, pudiendo ser el de uno o el de los dos, y, en qué orden.
A su vez en Portugal se llevan dos apellidos y las parejas eligen si ambos apellidos son los del padre, de la madre o uno de cada uno, mientras que en Suecia se llevan los apellidos de acuerdo al orden que los padres elijan, pero si no logran llegar a un consenso, se registran con los de la madre. Entre tanto en España los padres pueden invertir el orden de los apellidos de los hijos antes del registro y tomada la decisión los hermanos seguirán teniendo los apellidos en el mismo orden.
En un país como Suiza la legislación cambió para que las parejas eligieran el apellido que quieran darles a sus hijos. En este sentido algunos han optado por un apellido compuesto uniendo ambos con un guion.
En Italia, cuna del derecho romano que ha influenciado en buena parte la legislación civil en las naciones occidentales y en especial en los países de raíces latinas, en el momento es ilegitimo que los hijos lleven el apellido paterno de forma directa y a pesar que tradicionalmente los niños italianos llevaban solo el apellido del padre, ahora, padre y madre, pueden pedir una autorización especial para realizar alguna variación.
Mientras tanto en un país como Serbia los padres pueden escoger el apellido que llevarán sus hijos: bien sea el del padre, la madre o ambos, formando unidos un solo apellido. Decisión que se toma desde el momento de la celebración del matrimonio, en donde ambos determinan los apellidos que llevará la familia que formen.
Fuentes: Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia
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