¿Restricción de movilidad en el Valle tiene fundamento legal?

¿Restricción de movilidad en el Valle tiene fundamento legal? Es una pregunta que se hacen en este momento varios analistas del derecho frente a la medida impuesta mediante un decreto por la gobernadora del Valle del Cauca Clara Luz Roldán, quien bajo el argumento de los elevados niveles de ocupación de las unidades de cuidados intensivos en los centros hospitalarios por el Covid-19,el desabastecimiento que se tiene por los bloqueos y los hechos en los que se ha generado alguna alteración en un sector de la ciudad de Cali, decidió tomar esta determinación.

En decreto que fue dado a conocer el pasado lunes 10 de mayo de 2021 ha invitado a que juristas opinen sobre la imposición de la medida y las atribuciones que pueda tener un mandatario departamental para obligar estas restricciones que son del resorte del presidente y que por demás estaría colocando al país en lo más próximo a la declaratoria de un estado de conmoción interior que se vivió varias décadas atrás, como una situación que se había pensado superada, en la medida que para especialistas en el tema vulnera derechos fundamentales de los ciudadanos y podría dar margen a hechos de extralimitación en el uso dela fuerza por parte de los actores del Estado.
De esta manera dialogamos con el abogado especialista Harold Hernán Moreno.
Producción de video: Alonso Moreno Sáenz.
Entrevista de Marco Antonio Reyes.
https://youtu.be/wyGUqR88Sco
