Según decreto expedido por la Administración municipal de Cartago, se prohíbe en el área urbana y rural, el tránsito y el estacionamiento de motocicletas del cualquier tipo de cilindraje, los días viernes, sábado, domingo y días festivos, desde las once de la noche (11:00 pm), hasta las cinco de la mañana (5:00 am) del día siguiente, por el término de tres meses contados desde la publicación del Decreto.El Decreto N° 129 del 5 de octubre de 2018, durante 90 días restringe la circulación de motocicletas los fines de semana entre las once de la noche y la cinco de la mañana del día siguiente.
«Las personas que requieran transitar o movilizarse dentro del horario de restricción, deberán tramitar ante la Secretaría de Gobierno local, el respectivo permiso, reuniendo los requisitos establecidos por dicho despacho».
De acuerdo a lo expresado por los voceros del gobierno local de este municipio, se establece una etapa de socialización de siete días, contados desde la publicación del Decreto, período durante el cual sólo se aplicarán sanciones de tipo educativo.
Las personas que requieran transitar o movilizarse dentro del horario de restricción, deberán tramitar ante la Secretaría de Gobierno local, el respectivo permiso, reuniendo los requisitos establecidos por dicho despacho.
En el citado documento se exceptuan de la prohibición los miembros de la Fuerza Pública, los Organismos de Seguridad del Estado, la Policía Judicial, Organismos de Tránsito y de Socorro, entre otros.
Fuente.Comunicaciones Alcaldía de Cartago.
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