¿Qué pasa con las edificaciones patrimoniales de Buga que están en mal estado?

¿Qué pasa con las edificaciones patrimoniales de Buga que están en mal estado?

Buga es considerada municipio patrimonio de Colombia , por las múltiples construcciones patrimoniales y bienes de interés cultural. Sin embargo existen algunos bienes como es el caso de la edificación que por muchos años fue el colegio José María Cabal, en la  calle 7 entre carrera 11y 10 esquina, que actualmente se  encuentra en deterioro. La situación cada vez es más grave, el techo se ha derrumbado, y los ciudadanos corren peligro al transitar cerca de la edificación.

Redacción:Michell Escandón.

Presentación en video de María Yeraldín López. Entrevista
de Michell Escandón con el arquitecto Juan Carlos Mejía, de la Oficina de Planeación de Buga.

RIV¿Qué pasa con las edificaciones patrimoniales de Buga, que están en mal estado, principalmente la edificación de la calle 7 entre carrera 10 esquina?

JCM Primordialmente se debe de hacer es el proceso administrativo, pues a notificar a los propietarios para que le den el debido mantenimiento que ordena la ley en este tipo de inmuebles el caso de la campo ha ocurrido una situación pues de pronto digámoslo así peculiar nosotros iniciamos un proceso sancionatorio frente a los poseedores en su momento del inmueble que era una sociedad de la ciudad de Bogotá a Cardona y Mejía iniciamos el proceso sancionatorio con la vinculación a cargos y cómo se debe hacer el proceso administrativo peor resulta que paralelo a ello se está llevando a un proceso de embargo por parte de la universidad San Buenaventura propietarios iniciales del inmueble tras una no pago que ellos no recibieron por la venta de inmuebles contrademandar una sociedad esa sociedad al parecer Pues estaba declarada en quiebra y obviamente pues hizo caso omiso en su momento a los llamados de atención que se le hicieron y a la vinculación a cargo su momento se hizo frente al proceso administrativo sancionatorio eso duro así el proceso puede ser juzgado se hicieron las comunicaciones respectivas pidiéndole al juez que nombrara un secuestre para que se encargará del inmueble se nombró El secuestre.

 El secuestre adujo que como el inmueble no estaba beneficios porque estaba en desuso ni la ley le imponía pues sin ese tipo de recursos poderle invertir al inmueble el proceso siguió y el año pasado a finales del año pasado el juez falló a favor de la universidad San Buenaventura el proceso de embargo y él volvió a manos de la Universidad.

Actualmente, desde el mes de diciembre que juez falló el proceso, ellos volvieron hacer los dueños nuevamente del inmueble y  se les hice una comunicación Pues sí de comunicaciones en el sentido Pues de que previamente para no ir vincularlos directamente el proceso ya como nuevos volvieran a retomar la responsabilidad frente al mismo, eso pasó y pues ellos están haciendo en ese momento a empezar a tratar el tema financiero porque pues la universidad pues Supuestamente ellos no tienen recursos para este tipo de inmuebles porque son inmuebles que fueron donaciones y que ese tipo de recursos deben de tener una asamblea que todo el tiempo y ya el viernes pasado hicimos la resolución de vinculación de la universidad proceso en ese momento de la notificación senatorio para que ellos ya se encarguen de manera legal de esa situación Porque sino ya vienen entonces las multas y la orden de restitución del inmueble.

RIV¿Cómo es el proceso sansonatorio?

“Una multa que se ha establecido en la ley 388 de 97 y que van entre 70 salarios mínimos a 400 salarios mínimos con la obligación de restituir el inmueble en las condiciones en que se encuentra”.

JCM El proceso sanatorio tiene varias etapas etapa están consagradas en el código contencioso administrativo que primero que todo se hacen unas preliminares que es donde se hacen un informe, donde se verifica el estado de conservación y como  es la afectación y con ese informe es elaborado por el profesional idóneo en el tema que soy yo aquí en la secretaría, se le pasa a la parte jurídica para que ellos inicien el proceso sansonatorio.

El proceso sansonatorio tiene una etapas, esas etapas están consagradas en el código  primeros de descargos a través de una resolución de un proceso administrativos se vincula a unos responsables y se les da un plazo de ley, para que ellos procedan a formular sus descargos digámoslo así a defenderse de cierta manera porque no le han hecho el debido mantenimiento que ya son responsables de ellos nuevamente.

Pasadas esas etapas después de la formulación de cargos, escucharemos cuales son los argumentos de ellos, y si esos argumentos no tienden a que se recupere el inmueble  y que garanticen su estabilidad y su mantenimiento. Entonces ya entramos a la etapa de formulación de pruebas esa formulación de proyectos especiales caso serían los mismos del comité técnico bienes e inmuebles del consejo de patrimonio para que se evalué el daño que tiene el patrimonio y con base en ese daño, se puede establecer una multa que se ha establecido en la ley 388 de 97 y que van entre 70 salarios mínimos a 400 salarios mínimos con la obligación de restituir el inmueble en las condiciones en que se encuentra.

 Sí ese dado ese segunda etapa la etapa de formulación de pruebas y la etapa de la sanción no se advierte ninguna solución entonces entra a picar la multa Y esa multa son sucesivas y consecutiva hasta tanto no le den al inmueble el trato debido en el caso de que eso es multa no sean pagadas por ello entonces hace un cobro coactivo y ese cobro coactivo puede implicar que si no lo hacen en la multa en que se le aplique ellos puedan perder el inmueble a través de un proceso  del cobro coactivo de quitarles el inmueble  legalmente porque no lo están haciendo buen uso del por el no pago de la multa o con la no la no obligación.

RIV¿Qué pasa si en el transcurso del proceso, la edificación se derrumba y ocasiona problemas?

 JCM Pues obviamente pues eso tiene una vinculaciones penales en el caso de que eso llegue a suceder eso ya se lo advertimos nosotros en cualquier momento idea que ellos hicieron caso omiso y finalmente cualquier situación que se presenta que hagan el mantenimiento Y que igualmente aseguren y apuntar en para que no se van a correr riesgo a terceros o está dentro de la entre la restitución en uno de los de los de los considerandos de la resolución está esa situación bueno el viernes pasado se le envió la vinculación a cargos y esperamos que en el transcurso de 2 días hábiles que demora el correo certificado ellos ya tengan conocimiento del asunto una vez le lleguen en 5 días hábiles para que el representante legal se presente a notificarse la resolución y a irse pasaría ya la segunda etapa del proceso las técnicas para la digamos la cálculo del monto de la de la posible multa que se pueda el mentalmente los bienes patrimoniales de carácter privado tienen un digamos los cuidados con mayor muchas veces sentido y eso no tiene no tiene valor, pero eso sí sean privados o públicos si no un permiso previo, pues se presenta que para el caso de decimales el comité de patrimonio municipal sí conserva si tienen que o sea y lo que le pides a Norma qué es el estado ideal apenas de que ya se han dejado caer una parte y la obligación del propietario de reconstruir.

Buga tiene plan especial de mala educación del sector histórico que es el reglamento de la Norma que reglamenta través del Ministerio de cultura para la protección de sus inmuebles en ese reglamento en la norma está el inventario de todos los inmuebles y las categorías los que pertenece para un inventario casi 3000 inmuebles en las tres categorías obviamente ahí en la categoría que la nivel dos que son los tipos lógicos.