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Exigencias del  Fallo de la  Corte por los abusos de miembros policiales

Exigencias del  Fallo de la  Corte por los abusos de miembros policiales
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Las exigencias del  Fallo de la  Corte Suprema de Justicia por los abusos de miembros policiales se resumen en tres puntos.

La sentencia judicial  se produjo  como respuesta a varias tutelas  luego de las protestas en Bogotá en donde resultaron diez personas fallecidas y  varias heridas, con el difundido caso de la muerte del abogado Javier  Ordoñez, acaecida de forma posterior a  un procedimiento policial en el occidente de la capital del país, tras recibir varias descargas eléctricas con una pistola  a manos de dos uniformados y ser llevado hasta  un CAI, siendo luego  trasladado a un centro hospitalario y falleciendo como producto de diferentes golpes o politraumatismos.

Imagen superior de protestas en Bogotá. Foto  de Juancho Torres - Agencia Anadolu.

Estos son los tres  principales aspectos del Fallo:

1-Reestructuración de la policía y el ESMAD frente a la protesta pacífica

El principal punto, y que lo hace especial de este documento, es el llamado de la Corte no sólo a que se garantice el derecho constitucional a la protesta pacífica, sino que ordena a la fuerza pública no atenten contra ella.

La Corte Suprema señala, después de analizar varios documentos y pruebas, que hay varias falencias en los procesos de normatividad, formación y disposición del ESMAD en medio de las protestas pacíficas en el país.

"Hace falta una Ley Estatutaria que desarrolle los alcances y limitaciones de la fuerza pública, su direccionamiento centralizado o descentralizado, su naturaleza y el juzgamiento de sus conductas, cuando se ejerce el derecho fundamental a la protesta pacífica", señala en unos de sus puntos.

La Corte anota que a pesar de que existe una jurisprudencia que habla ampliamente sobre las garantías a protestar pacíficamente en Colombia, no hay mucha efectividad a la hora de que estas sean aplicadas por la fuerza pública.

Además indica  otros problemas graves como "La ausencia de documentos verificables de los cursos de formación en derechos humanos y el uso inadecuado de instrumentos legales de la Policía Nacional para justificar detenciones ilegales arbitrarias contra ciudadanos".

Yendo más allá, indicando que "estas agresiones evidencian los estereotipos arraigados contra quienes disienten de las políticas del Gobierno Nacional".

En razón de todos estos errores, la Corte ordena a la Policía Nacional que evite repetir las acciones violentas que fueron las que generaron las denuncias por parte de los ciudadanos a través de la tutela.

Y para ello, insta al gobierno a emitir, en un plazo no mayor a un mes, un acto administrativo que obligue a los agentes de la fuerza pública a mantener la neutralidad cuando se presenten manifestaciones pacíficas.

2-Pedido de disculpas por parte del ministro de Defensa

Resulta  este ser uno de los puntos más simbólicos.

La corte le ordena al funcionario en la persona del Ministro de la Defensa Carlos Holmes Trujillo,  que en un plazo no mayor de 48 horas después de la expedición del fallo, "proceda a presentar disculpas por los excesos de la fuerza pública", en especial aquellos cometidos por el ESMAD durante las protestas que tuvieron lugar desde el 21 de noviembre de 2019.

Las disculpas "deberán difundirse en el mismo término, por radio, televisión y redes sociales".

Así, la corte hace un señalamiento específico a las movilizaciones de finales del año pasado.

Sin embargo, a Holmes Trujillo gran parte de la opinión pública le había exigido una respuesta similar en referencia a la muerte bajo custodia policial del abogado Javier Ordoñez el pasado 9 de septiembre, que desató una ola de protestas en Bogotá.

Para su instrucción, la corte tuvo en cuenta varios videos que incluyen protestas en Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.

Para varios analistas, lo que está haciendo este tribunal es exigir los derechos que el poder Ejecutivo debería proteger como está establecido en la Constitución Política.

Según la  analista política Sandra Borda, quien fue una de las personas que puso una de las tutelas que fueron respondidas por la Corte Suprema, el fallo "llega en un momento en que la protesta está más amenazada que nunca".

"Lo que está haciendo la Corte es confirmarnos a los ciudadanos que tenemos unos derechos particulares, entre los cuales está el derecho a la protesta".Declaración concedida al periódico  El Espectador.

"Y la señal que ha mandado la Corte es que, a pesar de que el poder Ejecutivo no se ha querido esgrimir como garante de esos derechos, los jueces, como contrapeso, están dispuestos a garantizarlos a costa de lo que sea", añadió.

3-Prohibición del uso de escopeta calibre 12

El joven Dilan Cruz salió a la calle en Bogotá el 23 de noviembre de 2019 para exigirle al gobierno nacional un mejor acceso a la educación superior.

Sin embargo, fue sorprendido por un escuadrón del ESMAD que le disparó y le causó una conmoción cerebral que llevaría a su muerte, ocurrida dos días después.

Cruz se convirtió en el símbolo de las protestas y una muestra del uso exagerado de la violencia por parte de la Policía en contra de los manifestantes.

El arma con la que recibió la herida Dilan Cruz era una escopeta calibre 12, un modelo que ya había sido denunciado con anterioridad por otros grupos civiles.

Tras la muerte del joven bachiller, la Procuraduría General de la Nación le ordenó a la Policía y a su cuerpo antidisturbios no utilizar esta arma durante las manifestaciones.

Ahora esa decisión alcanzó un nuevo nivel judicial al ser incluida en este fallo de la Corte Suprema. De acuerdo con el documento, aunque no se consideró la conducta penal de los uniformados, sí se valoró que el uso de estas armas vulneró el derecho a la protesta.

En los videos analizados, la Corte anota que no halló evidencia que el uso de esta arma fuese necesario para disuadir la marcha o evitar que se cometieran abusos, y que al final resultó con una persona herida de gravedad.

Por lo tanto, ordena a "los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional -ESMAD- y a cualquier institución que efectúe actividades de policía" que suspenda el uso de las escopetas calibre 12, hasta tanto un comité constitucional, previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento".

En el documento también se dan varias especificaciones para que estas medidas sean aplicadas a nivel distrital, regional y nacional.

Lo que dice el gobierno colombiano 

Todo el peso de la ley para miembros de fuerza pública que violen derechos humanos, y la manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política, hace parte de la declaración  que entrega el gobierno colombiano en donde literalmente afirma que: “Las actuaciones de integrantes de la Fuerza Pública que en el marco de la protesta violen la ley son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes, y sobre ellos debe caer todo el peso de la ley”.

La declaración que contiene nueve puntos se entrega e momentos que cursa el proceso investigativo de los hechos ocurridos en la ciudad de Bogotá en donde  perdieron la vida varias personas entre ellas el abogado Javier Ordoñez, luego de un procedimiento policial.

Este es el texto completo de la declaración:

1-La manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política y esta se cumple dentro de la Política de Convivencia y Seguridad Ciudadana.

 

2-La Fuerza Pública vela por garantizar la vida, los derechos y libertades, la integridad personal, bienes y honra de todos los residentes en Colombia.

 

3-La Fuerza Pública cuenta con protocolos ajustados a los estándares internacionales sobre los derechos humanos, para proteger la vida, derechos y libertades, la integridad, bienes y honra de los residentes en Colombia. Estos incluyen los derechos de las personas que participan en las manifestaciones públicas y pacíficas, así como los de quienes no lo hacen.

 

4-La actuación del Esmad se produce exclusivamente ante las acciones violentas e irracionales que constituyen delito, atentan contra los derechos de las personas y no son manifestaciones pacíficas.

5-En el mundo, la mayoría de los países cuentan con escuadrones de la Fuerza Pública para controlar los disturbios y 105 países, entre ellos Colombia, tienen grupos o escuadrones profesionales como el Esmad, que continuamente actualizan y mejoran sus protocolos de actuación.

 

6-Las actuaciones de integrantes de la Fuerza Pública que en el marco de la protesta violen la ley son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes, y sobre ellos debe caer todo el peso de la ley.

 

7-El Gobierno Nacional continúa con el proceso de modernización y transformación de la Policía Nacional establecida en la Política de Convivencia y Seguridad Ciudadana.

8-El Gobierno Nacional seguirá enfrentando al vandalismo y todas las formas de violencia y terrorismo, como es su obligación constitucional.

 

9-El Gobierno Nacional solicitará respetuosamente a la Corte Constitucional la selección para la revisión del fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 22 de septiembre de 2020.

Según la declaración del  gobierno colombiano, "con respecto al punto 4 de esa decisión, la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurre en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte  de la Fuerza Pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos".

Agregando que :"Esos comportamientos individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos, actualmente son objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes, quienes serán las llamadas a establecer, o no, la responsabilidad individual".

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Blademir Bermudez

Empresario y comunicador con cerca de 20 años de experiencia en el campo del mercadeo y la publicidad en los medios impresos e internet, ha sido asesor de varias campañas exitosas de posicionamiento del nombre de personas en el ámbito del ejercicio público y empresarial, siendo a su vez pionero del desarrollo de plataformas virtuales de guías comerciales en Colombia.

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