Una demanda por nulidad electoral contra la Gobernadora Clara Luz Roldán fue aceptada por el Consejo de Estado, según auto emitido por este tribunal el pasado 22 de enero.
La demanda por la causal de doble militancia que fue presentada por el abogado, excandidato, a la Alcaldía de Cali Gustavo Adolfo Prado y quien fuera ex esposo de la gobernadora Clara Luz Roldán, tiene en vilo a todo el departamento del Valle del Cauca y a sus diferentes sectores,en un departamento que en los últimos años ha sufrido el traumatismo de la caída de algunos de sus últimos gobernadores, recordando los pasados episodios con los mandatarios Juan Carlos Abadía y Héctor Fabio Useche, quienes fueron retirados del cargo ante procesos que se les adelantaron.
En el caso de Juan Carlos Abadía, prematuramente el 5 de mayo de 2010 fue destituido por la Procuraduría por participación en política e inhabilitado por diez años para ejercer cargos públicos, sentencia que fue ratificada el 25 de mayo de 2010,siendo restituido temporalmente en su cargo el 25 de junio de 2010 por un fallo de tutela pero destituido definitivamente el 28 de julio de 2010,mientras que Héctor Fabio Useche fue suspendido de su cargo el 30 de marzo de 2012 por su responsabilidad en detrimento patrimonial de la Industria de Licores del Valle al hacer parte de la junta directiva que aprobó el contrato que provocó el detrimento. En las fotos la Gobernadora Clara Luz Roldán y el abogado demandante Gustavo Adolfo Prado.


«Según lo alegado por el abogado Gustavo Adolfo Prado,la hoy Gobernadora incurrió en doble militancia, a pesar de contar con el aval de los partidos de La U, Liberal y Cambio Radical a través de la coalición Todos por el Valle del Cauca«.
De acuerdo al demandante, el aval otorgado a la candidatura de Roldán es nulo pues -según indica- el representante legal y director del partido de La U es Aurelio Iragorri Valencia y no Álvaro Echeverry Londoño, quien celebró el contrato de acuerdo de la coalición con los partidos Liberal y Cambio Radical.
Según el texto de la demanda: «La violación a las normas constitucionales invocadas recae en que la elegida presentaba doble militancia, por cuanto si bien al ser inconstitucional el aval otorgado por el Partido de La U, la inscripción de la candidatura de la demandada se sostiene en su legitimidad por el aval del Partido Cambio Radical, pero le genera incursión a la causal de nulidad electoral de la doble militancia».
La demanda al ser aceptada por el Consejo de Estado cumple con todos los requerimientos de Ley y tiene como pretensión anular la elección de Clara Luz Roldán y convocar a nuevas elecciones.



